El amparo que el ex gobernador Roberto Borge Angulo interpuso en fechas pasadas como recurso de revisión a la vinculación de proceso por el delito de peculado ocurrido en 2019 , fue resuelto este miércoles por un tribunal colegiado, quien dictaminó negarle este beneficio.
Borge Angulo fue vinculado a proceso en diciembre del 2019, por su responsabilidad como presunto coautor en la venta ilegal y a menor costo de 18 predios cuyo garante era el estado.
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La venta de los mencionados predios ocurrió durante el sexenio del Borge, en el periodo de diciembre del año 2011 a septiembre del año 2016, por lo cual se le responsabiliza por la venta de estos bienes inmuebles al haberlos recibido como administrador al momento de tomar el cargo de Gobernador del Estado.
Lo cual represento una lesión al patrimonio del estado de Quintana Roo al evitar la creación, fomento y conservación o desarrollos que beneficien la colectividad, según argumenta la Fiscalía.
Al momento de ser imputado por este probable delito, el ex jefe del ejecutivo intento ampararse sin éxito, pues un juez de control dio la razón en todo sentido a la fiscalía, argumentando que se arropó de los datos y argumentos aportados por el representante social.
En el mismo acto, para reforzar su dictamen, el juzgado de distrito determinó que el delito no había prescrito, que no se violaron derechos del quejoso y que se acreditaba su participación en los hechos.
Sin embargo, Roberto Borge interpuso un recurso de revisión contra este dictamen, en donde el juez colegiado convalido el actuar y determinación tanto de la fiscalía, como del juez de control local, por lo que el juez de distrito decidió de forma tajante no ampararlo.
Como parte del análisis de este dictamen, el tribunal colegiado dejo un precedente respecto a la famosa ley Borge, gestionada por el ex gobernador antes de terminar su mandato, y en la cual disminuyó la sentencia por el delito de peculado a un máximo de 5 años, y que inicialmente era de uno a diez años.
Lo cual en un futuro podría beneficiar al ex funcionario hoy en proceso, ya que el delito imputado fue en ese lapso, debido a que la ley es a beneficio nunca en perjuicio y la reducción de la pena siempre será a beneficio del reo, podría conmutársele la pena
Con Información de Agencias
Esta entrada fue modificada por última vez en miércoles, 16 de noviembre, 2022
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