El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), dio a conocer que tras el fallecimiento del titular de un crédito, sus familiares pueden tramitar la liquidación de la deuda, la cancelación de la hipoteca o bien disponer del ahorro de la persona, en dado caso.
Para solicitar el beneficio es indispensable llamar a la línea Infonatel para generar un número de caso y gestionar una cita o bien acudir al Centro de Servicio Infonavit (Cesi).
Para ello deberá contar con el acta de defunción, identificación oficial (INE), cédula profesional o pasaporte en original) del solicitante; acta de nacimiento del solicitante, si el acreditado falleció en el extranjero, el acta deberá estar apostillada.
Las personas que pueden disponer del ahorro que una persona hizo en el Infonavit y que haya fallecido son: La viuda o el viudo, hijos o nietos, padres que dependían económicamente del beneficiario, hijos menores de 16 años con alguna discapacidad, cónyuge con el que el difunto haya vivido los cinco años previos a su deceso y personas no relacionadas por sangre y que dependían económicamente del acreditado.
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