A dos días de dar inicio el ciclo escolar 2019-2020, en el que cientos de estudiantes y padres de familia utilizarán los medios de transporte más económicos, no se vislumbra por parte del Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo (Imoveqroo) y tampoco de la Dirección de Tránsito de Benito Juárez, algún tipo de acción o mecanismo para regular o meter en cintura el servicio de transporte en Cancún.
Empresarios de las concesionarias de transporte público de Benito Juárez violentan los Reglamentos de Vialidad Estatal y Municipal, al exponer la vida de los usuarios.
De esta situación, que no es nueva, echan mano los empresarios y choferes de las concesionarias de transporte público para operar por fuera de la ley, al infringir reglamentos estatales y municipales en el que se especifican claramente no poner en riesgo la vida de los pasajeros.
Tal fue el caso de la unidad perteneciente a la empresa Turicun, con número económico 412, placas A-72013, que en horas de la tarde transitaba con personas colgadas de las puertas.
Al respecto, la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, con decreto 213, en el Capítulo Segundo: de la Infraestructura para la Movilidad y su Uso, artículo 62, en la fracción I y II, se establece:
I. La infraestructura para la movilidad y sus servicios deberán promover el respeto a los derechos humanos, así como la salvaguarda del orden público y serán planeados, diseñados y regulados bajo los principios establecidos en la presente Ley.
II. Establecer políticas y mecanismos que eviten actividades que interfieran en la seguridad de los usuarios, especialmente en los sistemas de transporte público de vía exclusiva o que utilizan carriles preferenciales, así como el retiro de los vehículos y objetos que limiten o impidan su uso adecuado.
III. Promover un diseño vial que procure un uso equitativo del espacio público por parte de todos los usuarios y que regule la circulación de vehículos motorizados para que se fomente la realización de otras actividades diferentes a la circulación.
Por si fuera poco, en el Reglamento de la Dirección de Tránsito de Benito Juárez, en el artículo 135, se estable que: Las puertas de los vehículos del servicio público de pasajeros, deberán mantenerse cerradas durante todo el recorrido. Ningún conductor deberá poner en movimiento un vehículo sin cerrar previamente las puertas.
La inacción de las autoridades para realizar operativos que lleven a resultados para erradicar el sobrecupo que se registra en el transporte público, es aprovechada tanto por los dueños de las concesionarias del transporte como por los choferes, quienes se valen de la necesidad de las personas para llegar a sus centros de trabajo y en próximos días a los centros educativos, sin tomar en cuenta que estas acciones -que violentan la Ley de Movilidad- podrían cobrar la vida de uno o varios usuarios.
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