jueves, 3 de septiembre de 2026 Síguenos

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Luis de Llano recupera la libertad tras cumplir arresto por desacato a la sentencia en el caso Sasha Sokol

El productor de televisión Luis de Llano abandonó las instalaciones del Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social San Fernando, en la Ciudad de México, tras cumplir con el arresto administrativo dictado en su contra por el incumplimiento reiterado de las órdenes judiciales derivadas del litigio por daño moral con la actriz y cantante Sasha Sokol.

Al concretarse su salida del recinto, el creativo abordó un vehículo particular y se retiró del lugar sin ofrecer comentarios ni declaraciones ante los medios de comunicación que guardaban su liberación.

La aprehensión del imputado se ejecutó por elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC-CDMX) en atención a dos órdenes de arresto —de 15 horas acumulables cada una— dictadas por una Jueza del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México como medidas disciplinarias de apremio.

Los motivos de la sanción

De acuerdo con la representación jurídica de la exintegrante de Timbiriche, el arresto no representó una acción fortuita, sino el resultado de meses de desatención a requerimientos, apercibimientos y sanciones económicas contempladas dentro del Código de Procedimientos Civiles local.

Específicamente, las órdenes respondieron a dos omisiones promovidas por separado:

  1. La negativa a grabar y exhibir formalmente ante el juzgado una disculpa pública dirigida a la víctima.

  2. La omisión de publicar el extracto de la resolución judicial que acreditó su responsabilidad por daño moral.

Ambas exigencias se derivan de la determinación judicial que acreditó que Sokol fue víctima de abuso sexual cuando era menor de edad.

Advertencia de prisión y fallo de la SCJN

El equipo legal de la cantante enfatizó que, de mantenerse el patrón de resistencia y desobediencia sistemática ante los mandatos del tribunal, la conducta del productor podría reconfigurarse en un delito de carácter penal, lo que acarrearía penas de hasta cinco años de prisión.

Cabe señalar que el fallo contra el productor quedó firme y con carácter de inatacable desde junio de 2025, cuando la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó por unanimidad la solicitud de amparo promovida por su defensa. El máximo tribunal del país ratificó en dicho dictamen que las acciones por daño moral derivadas de abuso sexual infantil son imprescriptibles, manteniendo vigentes las sanciones de indemnización, difusión del extracto y disculpa pública.

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