Connect with us

Escribe la noticia que estás buscando

México

Anuncia SAT prórroga hasta 2023 para nueva factura electrónica 4.0

Anuncia SAT prórroga hasta 2023 para nueva factura electrónica 4.0
Anuncia SAT prórroga hasta 2023 para nueva factura electrónica 4.0

El Servicio de Administración Tributario (SAT) informó que la entrada en vigor del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) 4.0 será el primero de enero del 2023, en lugar del primero de julio de 2022.

“Las personas físicas y morales que al día de hoy utilizan la nueva versión de facturación 4.0 les pedimos continuar con ella con la finalidad de socializar el uso de la misma. Por otro lado, quienes aún no la utilizan, se les invita a continuar con el proceso de transición durante el resto del año”, reveló el SAT en un comunicado.

Los trabajadores estarán relevados de la obligación de irse a formar a las afueras de las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para sacar su Constancia de Situación Fiscal.

Podrán proporcionar directamente a sus patrones los datos obligatorios que se requieren para los recibos de nómina.

Lo anterior se da luego de que las medidas para agilizar la obtención de la Constancia de Situación Fiscal fueron insuficientes.

En ese sentido, el SAT informó que dará una nueva prórroga hasta enero del 2023 para la facturación bajo la nueva versión 4.0 que incluye a los recibos de nómina.

Dio a conocer que dará la facilidad para que el trabajador proporcione de manera directa a la empresa sus datos como Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y código postal de su domicilio sin necesidad de llevar la constancia fiscal.

En un comunicado, estableció que en caso de que el contribuyente conozca esta información, puede entregarla a su empleador o emisor de factura sin necesidad de presentar su Constancia de Situación Fiscal.

Advirtió que la emisión de la factura de nómina es independiente a la obligación laboral que tienen los empleadores de pagar sueldos y salarios a sus trabajadores, por lo que no entregar la constancia no es motivo de despido ni de retención de pago.

También te puede interesar:

Más noticias

Advertisement