El GPPRD, en voz del diputado Jesús Pool Moo, aprobó en lo general la reforma a la Ley General del Trabajo para prorrogar la plena regularización de trabajadores que hoy laboran en el régimen de subcontratación u “outsourcing”, pero considera necesario un plazo mayor al de un mes para ello.
Por tal razón, anunció que, en la discusión de los artículos que se modifican, en lo particular presentará reserva para proponer que el vencimiento sea en fecha posterior al que planteó el dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Hacienda y Crédito Público.
Refirió que los plazos originalmente establecidos en el decreto sobre esta materia -publicado el 24 de abril pasado- para que las empresas cumplan los diversos procesos administrativos de regularización en la contratación de los trabajadores que hoy subcontratan, son claramente insuficientes.
El legislador federal quintanarroense puntualizó que ni las dependencias gubernamentales involucradas en los trámites han tenido capacidad de atención ni la tendrán para cumplir en un mes más, dada la cantidad de trabajadores y empresas todavía involucrados en la subcontratación que deben regularizarse.
De acuerdo con la última información disponible -dijo-, se han otorgado 19 mil registros y 2 millones 300 mil trabajadores han migrado de una empresa de “outsourcing” a una que realmente se beneficia de su trabajo.
Sin embargo, aún hay cientos de miles de trabajadores cuya contratación directa aún no se regulariza por las empresas que hoy los subcontratan.
El mismo Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por ejemplo, debió fijar una prórroga “hasta en tanto el Congreso de la Unión defina la nueva fecha límite” a los tramites que vencieron el 22 de julio pasado.
“El consenso y la necesidad de ajustar los tiempos está claro y su necesidad es indiscutible”, enfatizó Pool Moo.
Recordó que la reforma a la ley laboral publicada el 24 de abril prohíbe la subcontratación de personal. Se entiende como tal cuando una persona física o moral pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
Esa reforma sí permite cierta subcontratación de servicios u obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de éstos, siempre que el contratista se registre en el padrón público.
Prohíbe, pues, la subcontratación que implique sustitución de trabajadores de actividades esenciales de las empresas con objeto de eludir responsabilidades, disminuir salarios y prestaciones, y evadir pago de impuestos.
Para hacer efectiva esta reforma, se establecieron diversos requisitos y procedimientos administrativos a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el IMSS, el Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit) y el Sistema de Administración Tributaria (SAT), con todo lo cual está de acuerdo el GPPRD.
Sin embargo, el tiempo para que todas esas dependencias y para que todos los empresarios y trabajadores cumplan, no ha sido suficiente ni lo será un mes más, por lo cual, aunque el voto en lo general del GPPRD es a favor del dictamen para esta nueva reforma, presentará reserva en lo particular.
Pool Moo recordó que a la regularización de la subcontratación en beneficio de dependencias e instituciones del Gobierno Federal, y de las instituciones que presten el servicio público de banca y crédito, se les dio plazo hasta el 1 de enero de 2022 y que un plazo mayor debería darse también a las empresas pendientes de cumplir.
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