Cancelan prisión preventiva domiciliaria de Murillo Karam
El juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, Edmundo Perusquia, canceló la prisión preventiva justificada que Jesús Murillo Karam cumplía en su domicilio dentro del proceso que enfrenta por el caso Ayotzinapa.
En sustitución, el juzgador le impuso resguardo domiciliario, el uso de un brazalete electrónico, así como la prohibición de salir de la Ciudad de México, acercarse a las víctimas o reunirse con personas distintas a sus familiares.
La resolución corresponde a una de las causas penales iniciadas por la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, ocurrida el 26 de septiembre de 2014. En este expediente, Murillo Karam está vinculado a proceso por los delitos de tortura, desaparición forzada y coalición de servidores públicos, al ser señalado por la Fiscalía General de la República de haber impulsado la llamada “verdad histórica”, mediante la presunta manipulación de evidencias y el desvío de las investigaciones para ocultar el paradero de los estudiantes.
El exfuncionario fue detenido el 19 de agosto de 2022 y permaneció en el Reclusorio Norte hasta el 13 de abril de 2024, cuando un juez le concedió la prisión domiciliaria por motivos de salud.
Ahora, el juez Perusquia determinó dejar sin efecto esa medida cautelar al considerar que el proceso se ha prolongado por más de dos años por causas ajenas al acusado, principalmente por la tramitación de diversos recursos legales.
Pese a esta resolución, Murillo Karam mantiene otro proceso penal relacionado con el caso Ayotzinapa. En ese expediente, radicado en un juzgado del Reclusorio Sur, también enfrenta acusaciones por tortura, desaparición forzada y coalición de servidores públicos, derivadas de las presuntas agresiones contra Felipe Rodríguez Salgado, “El Cepillo”, señalado como integrante del grupo criminal Guerreros Unidos. En esa causa continúa bajo prisión domiciliaria.
Cabe señalar que el juez Edmundo Manuel Perusquia Cabañas también ha sido identificado por emitir resoluciones que han modificado medidas cautelares en otros casos de alto perfil, como el de un caso del “robo de combustibles” en Pemex, en la que absolvió a funcionarios acusados por la sustracción de casi 2.9 millones de litros de combustible, al considerar que la Fiscalía no acreditó su responsabilidad.
Otro caso fue el caso Sagarpa/Cedefe, donde Prusqia Cabañas determinó no vincular a proceso a un imputado por presunto peculado, al considerar que la FGR formuló de manera imprecisa la imputación.
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