Síguenos en redes

Escribe la noticia que estás buscando

México

Checa por qué se les tapa el rostro a los detenidos

Checa por qué se les tapa el rostro a los detenidos
Si te has preguntado por qué a las fotografías de las personas acusadas de algún delito se les tapa el rostro o se distorsionan, checa esto

Cancún, Quintana Roo.- Si te has preguntado por qué a las fotografías de las personas acusadas de algún delito se les tapa el rostro o se distorsionan y tampoco se proporciona el nombre completo, aquí te lo explicamos.

Es común, que los lectores reclamen el por qué no se muestra el rostros de los detenidos, dejando infinidad de comentarios al respecto, pues consideran que de esta forma se les protege, pero no es así, sino que se da cumplimiento a los protocolos establecidos en el Nuevo Sistema Penal Acusatorio.

Ahí, se establece el derecho de presunción de inocencia de todo individuo hasta que se demuestre lo contrario a través de un juicio, por lo tanto, se deben respetar sus derechos, así se considere el peor delincuente, además con ello también se protege a los involucrados en el proceso.

Según el Artículo 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales, los imputados tienen derecho a ser considerados y tratados como inocentes hasta que se demuestre su responsabilidad y a no ser expuestos en los medios de comunicación como culpables, pues eso lo determinará el juez.

Y aunque algunas personas consideran que lo anterior solo contribuye a proteger a los delincuentes, la realidad es que es de suma importancia aplicar el protocolo, pues si el acusado demuestra su inocencia, el hecho que haya sido exhibido puede provocarle problemas para socializar o encontrar trabajo e incluso puede ser discriminado.

De modo, que por norma se tiene que tapar la cara para salvaguardar la imagen del imputado, porque es un derecho que esa persona tiene, lo mismo pasa cuando se está en juicio y se pide que no se tomen imágenes, pues pueden ser demandados, esto derivado del principio de inocencia.

Cabe indicar, que hay otros preceptos jurídicos que dan sustento legal a ese derecho del procesado, ejemplo de ello es el Artículo 20, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde señala a que toda persona imputada tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa.

De hecho, cuando los imputados son detenidos por la policía, estos tienen la obligación de leerle sus derechos y desde un principio se le harán saber los motivos de la retención, así como el derecho a guardar silencio.

Además, tienen prohibido y es sancionado por la ley penal toda incomunicación, intimidación o tortura, hacia los imputados e incluso la confesión rendida sin la asistencia del defensor carecerá de todo valor probatorio.

De modo, que deben informarle, tanto en el momento de su detención como en su comparecencia ante el Ministerio Público o el juez los hechos que se le imputan, así como los derechos que le asisten.

En el caso de tratarse de delincuencia organizada, la autoridad judicial podrá autorizar que se mantenga en reserva el nombre y datos del acusador.

Asimismo, tienen que permitirle que se  comunique con un familiar y  su defensor cuando sea detenido, para ello el Ministerio Público debe darle todas las facilidades, además se le pedirá que guarde silencio o todo que diga será utilizado en su contra.

Ante este protocolo, aún cuando en las notas periodísticas se quisiera divulgar los rostros para que la sociedad los identifique en el caso de haber sido víctimas,  no es posible, de tal forma que los medios de comunicación se ven imposibilitados de hacerlos públicos, así como dar su nombre completo y datos personales.

Solo tienen permitido mostrar las fotografías parcialmente alteradas con el fin  de que puedan ser reconocidos por algunas de las facciones visibles, así las probables víctimas puede sumarse su denuncia al proceso que se le sigue al detenido.

Bajo ese contexto, tras entrar en vigor el Nuevo Sistema Penal Acusatorio aprobado en 2008 y que se replicó como fecha límite en todos los estados del país en 2016, la imagen de los detenidos tiene que ser distorsionada, evitar proporcionar el nombre completo y salvaguardar los derechos individuales.

Más noticias para leer

Anuncios