El ministro Arístides Guerrero García presentará al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un proyecto que busca validar que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) pueda ordenar el bloqueo de contenidos en sitios de Internet, tras la negativa de un amparo a la empresa Total Play, del Grupo Salinas.
El asunto, que deriva de un amparo en revisión, fue listado para el próximo 9 de abril, el mismo día que se programó otro proyecto que propone un revés al empresario Ricardo Salinas Pliego en un juicio contra la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
La propuesta del ministro Guerrero García consiste en confirmar la sentencia del 31 de enero de 2025 del juzgado segundo de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México, que negó el amparo a la empresa contra las facultades del IMPI, al declarar constitucional el artículo 344, fracción VII, de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
El caso comenzó el 25 de julio de 2024, cuando varias empresas denunciaron ante el IMPI la difusión ilegal de películas en dos sitios de Internet y solicitaron su bloqueo con base en la citada ley. El instituto admitió el trámite en agosto, decretó la medida provisional en septiembre y, tras el incumplimiento de los responsables, ordenó en octubre a proveedores de Internet, entre ellos Total Play, bloquear los sitios denunciados, lo cual fue acatado.
Sin embargo, en noviembre de 2024, Total Play promovió un amparo contra la orden y la norma que la sustenta, argumentando que invade facultades del órgano regulador de telecomunicaciones, viola la libertad de expresión y el acceso a la información, y constituye una medida desproporcionada al bloquear sitios completos.

En enero de 2025, un juez federal negó el amparo, considerando que las autoridades pueden ordenar este tipo de medidas para proteger los derechos de autor y que dichos derechos limitan la libertad de expresión.
Para ello, citó las jurisprudencias 25/2007 y 26/2007, en las que la Corte determinó que los derechos a la libertad de expresión y al acceso a la información “no son absolutos”, ya que deben respetar los derechos de terceros y el orden público.
El caso llegó a la SCJN a solicitud de un tribunal colegiado que se declaró incompetente para resolver el tema de constitucionalidad. De aprobarse el proyecto del ministro Guerrero García, el máximo tribunal confirmaría la negativa del amparo al concluir que los argumentos de la empresa no desvirtúan la sentencia inicial y validaría la constitucionalidad de la norma impugnada.
El asunto regresaría al décimo tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito únicamente para resolver cuestiones de legalidad pendientes, relacionadas con la actuación del IMPI y el derecho de acceso a Internet, entre otros aspectos.