Al negar que el Gobierno toque el dinero de Afore o ahorros, el Presidente, Andrés Manuel López Obrador, refirió que él no es como el exmandatario Ernesto Zedillo.
Luego de que el fin de semana circulara información acerca de que el Gobierno de la Cuarta Transformación podría “tocar” el dinero de las Afore mexicanas, el mandatario federal desmintió dicha información.
“No es cierto, eso es otro invento también muy difundido el fin de semana. Yo no soy Zedillo, ¿quién fue quien creó los Afores? Con Zedillo, ¿no? Nosotros no podemos comprometer en nada las pensiones de los trabajadores”, precisó.
De esta forma, el mandatario afirmó que hay una mala interpretación de la ley de presupuesto en materia del fortalecimiento del fondo de estabilización.
“Se piensa que se van a utilizar todas las pensiones para ese propósito, no es eso, le voy a pedir al secretario de Hacienda que lo aclare”, dijo en la mañanera.
La Cámara Diputados avaló en días recientes un dictamen que modifica un par de artículos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, gracias a los cuales podrá realizar aportaciones adicionales al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP).
Sin embargo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público declaró que los fondos de ahorro para el retiro -IMSS, ISSSTE, Infonavit, bonos de pensiones y acciones de las Siefores (Afores)- NO aplican para las modificaciones de la ley, esto debido a que estás protegidos por legislaciones estatales y las modificaciones sólo usarán activos del gobierno federal.
Hacienda aclara que no se tocan Afores
La Secretaría de Hacienda (SHCP) desmintió hoy que el Gobierno federal vaya a tocar fondos de ahorro para el retiro, reservas del IMSS, ISSSTE, Infonavit, bonos de pensiones y acciones de las Siefores”, como difundió la oposición en los últimos días.
El Partido Acción Nacional (PAN), el Revolucionario Institucional (PRI), el de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC) dijeron que “peligran los recursos de los trabajadores”, por lo que en el Senado buscarán detener los cambios a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP).
En la Cámara de Diputados, los grupos opositores aseguraron que en 2023 el Gobierno federal “podrá echar mano de las pensiones de los trabajadores y ahorros para la vivienda si disminuyen sus ingresos o para poder cubrir lo proyectado en el presupuesto”. Esto fue desmentido por Hacienda.
“De ninguna manera significa que el Gobierno sustraiga activos de otras tesorerías o reservas del sector público, ya que únicamente se regulan los activos de la Tesorería de la Federación que maneja el Gobierno Federal. El FEIP es un fideicomiso de la Administración Pública Central a cargo de la Secretaría de Hacienda. Por tanto, sus recursos provienen exclusivamente de aportaciones del Gobierno Federal”, dijo en un comunicado.
La reforma “no tiene ninguna relación con el gasto público, como algunos han interpretado erróneamente, generando confusión en la opinión pública”, agregó.
“De este modo, los fondos de ahorro para el retiro, reservas del IMSS, ISSSTE, Infonavit, bonos de pensiones y acciones de las Siefores no aplican para esta ley, ya que estos recursos los amparan los fines previstos en la legislación correspondiente a estas entidades, y la modificación sólo comprende el uso de activos del Gobierno Federal”, señaló Hacienda.
“Esta reforma forma parte del cambio que el Gobierno de la República iniciará este mismo año como parte de la instrucción presidencial de quitar riesgos al nuevo Gobierno a partir de 2025”, explicó.
Precisiones sobre los cambios a la Ley para capitalizar al FEIP. https://t.co/9HlRjytnfG pic.twitter.com/Nhoysgx3di
— Hacienda (@Hacienda_Mexico) November 6, 2022
Comunicado integro de Hacienda
Comunicado No. 76 Precisiones sobre los cambios a la Ley para capitalizar al FEIP
- Es inexacto que el Gobierno sustraerá activos de otras tesorerías o reservas del sector público; la legislación que determina quién puede hacer uso de estos recursos y sus fines seguirá vigente.
- El monto de recursos que el Gobierno podrá depositar en el FEIP estará limitado por la propia Ley que obliga al Gobierno a cumplir con el equilibrio presupuestario (Art. 17) y no podrán rebasar los límites de la reserva del FEIP (Art. 19 fracción IV).
- Las reglas de operación del FEIP (DOF: 01/04/2015) seguirán vigentes y no tendrán ningún cambio, así como los reportes que la Secretaría realizará al Congreso en los Informes Trimestrales sobre el estado de éste y otros fondos.
Sobre los cambios a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) en materia de capitalización al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP), se precisa lo siguiente:
El objetivo de la reforma es fortalecer al FEIP al permitir que, además de depósitos en efectivo que ya recibe actualmente, pueda recibir, como aportación, ahorros derivados del servicio de la deuda o activos financieros que emite el Gobierno Federal o forman parte de sus activos. El FEIP podrá vender, mantener y recibir el interés correspondiente, a fin de incrementar su liquidez y capacidad financiera.
De este modo, se podrá aprovechar la capacidad de emisión del Gobierno, ya que actualmente no es posible depositar otros activos que no sean efectivo.
Por lo tanto, se tendrán dos fuentes de ingresos adicionales a las ya existentes para capitalizar al FEIP y que ésta o cualquier administración en el futuro disponga de recursos suficientes para amortiguar caídas en los ingresos presupuestarios y un mecanismo para capitalizar este fondo de forma más rápida, si así lo decide.
Las transferencias de activos financieros del Gobierno Federal se darían cuando la Secretaría de Hacienda identifique que existe un mejor resultado con respecto al balance financiero aprobado hacia los últimos días del año en curso, tal que por motivos de tiempo no sea posible reasignar. Este ahorro o remanente ya se ha materializado en el pasado por motivos no anticipados debido a subejercicios del gasto o ingresos adicionales, que terminan aumentando las disponibilidades de caja en la Tesorería de la Federación.
La iniciativa pretende utilizar este remanente de recursos para capitalizar al FEIP y brindar mayor transparencia sobre el uso de estos recursos. La ley permitirá que el Gobierno Federal deposite activos financieros del propio Gobierno en el FEIP, ya sea efectivo o algún otro instrumento financiero.
Cabe destacar que en esta operación seguirá aplicando la normatividad de la Administración Pública Federal y aquella sobre las Empresas Productivas del Estado y las Entidades Paraestatales. A saber, la Secretaría de Hacienda no podrá, bajo ningún caso, exceder el techo de endeudamiento aprobado por el Congreso de la Unión y se deberá contribuir al equilibrio presupuestario; no podrá utilizar activos financieros de las empresas públicas u otros organismos para este fin.
De ninguna manera significa que el Gobierno sustraiga activos de otras tesorerías o reservas del sector público, ya que únicamente se regulan los activos de la Tesorería de la Federación que maneja el Gobierno Federal. El FEIP es un fideicomiso de la Administración Pública Central a cargo de la Secretaría de Hacienda. Por tanto, sus recursos provienen exclusivamente de aportaciones del Gobierno Federal.
La reforma no tiene ninguna relación con el gasto público, como algunos han interpretado erróneamente, generando confusión en la opinión pública.
De este modo, los fondos de ahorro para el retiro, reservas del IMSS, ISSSTE, Infonavit, bonos de pensiones y acciones de las Siefores no aplican para esta ley, ya que estos recursos los amparan los fines previstos en la legislación correspondiente a estas entidades, y la modificación sólo comprende el uso de activos del Gobierno Federal.
Esta reforma forma parte del cambio que el Gobierno de la República iniciará este mismo año como parte de la instrucción presidencial de quitar riesgos al nuevo gobierno a partir de 2025.
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