Por unanimidad los integrantes de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobaron el desechamiento de la controversia constitucional promovida por el gobierno de Chihuahua y dejaron sin efecto la suspensión que impedía la distribución de libros de texto gratuito.
Fue el ministro Arturo Zaldívar quien propuso a la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el desechamiento de la controversia constitucional promovida por el gobierno de Chihuahua contra la distribución de los libros de texto gratuitos elaborados por la Secretaría de Educación Pública (SEP), ya que de acuerdo a su ponencia considera que se trata de una competencia exclusiva de la Federación.
En agosto pasado, Yadira Anette Gramer Quiñonez, titular de la consejería jurídica del gobierno de Chihuahua, que encabeza María Eugenia Campos Galván, militante del PAN, presentó un recurso legal en el que reclama presuntas violaciones a los procedimientos para la aprobación de los contenidos de los libros de texto gratuitos, lo cual, argumenta, incidiría en su obligación constitucional de garantizar una educación pública y de calidad para los habitantes de esa entidad.
Sin embargo, la Consejería Jurídica del Ejecutivo, representada por María Estela Ríos, presentó una reclamación por la aceptación del recurso y el otorgamiento de una suspensión por considerar improcedente la controversia constitucional.
El análisis del recurso presentado por la consejera jurídica fue asignado para su estudio al ministro Arturo Zaldívar, y el proyecto de desechamiento se discutirá este miércoles en la primera sala, integrada por los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
En el proyecto que se discutirá se refiere que en el recurso presentada por el gobierno de Chihuahua es evidente que no se cumplen los requisitos que establece la ley, toda vez que el acto reclamado no incide en la esfera competencial del gobierno de Chihuahua, ya que la elaboración, producción y distribución de los libros de texto gratuitos son una cuestión que es competencia exclusiva de la Federación.
Asimismo, refiere que la aducida falta de consulta previa a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas resulta improcedente.
En su argumentación, de acuerdo con el proyecto de sentencia, de la simple revisión de la demanda esta primera sala concluye que ninguno de los argumentos que hace valer el poder demandante revelan un principio de agravio respecto de su esfera constitucional de atribuciones en términos del artículo 105, fracción I, de la Constitución, toda vez que, por un lado, se apoyan en instrumentos de mera legalidad y, por otro, en disposiciones que no confieren una atribución a las entidades federativas.
Propondrá a sus pares que voten en favor de su proyecto que estima procedente y fundado el presente recurso de reclamación presentado por la Consejería Jurídica del Ejecutivo.
También, que de aprobarse su proyecto (el cual finalmente fue avalado de forma unánime por los ministros de la Corte) se revoque el acuerdo recurrido mediante el cual el Ministro Luis María Aguilar admitió la demanda de controversia constitucional 400/2023 y, por tanto, se deseche el recurso presentado.
El pasado 27 de septiembre, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal demandó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación deseche la controversia promovida por el gobierno del Chihuahua contra la distribución de libros de texto, toda vez que en sus fundamentos hay mentiras sobre las fechas cuando se le entregaron los libros, lo que hace extemporáneo su inconformidad legal.
Al fijar su postura en torno al estado que guarda este proceso en el Poder Judicial, la CJEF destaca que se ha solicitado la atención prioritaria de este juicio para garantizar el pronto y eficaz cumplimiento del derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes del estado de Chihuahua.
Asimismo, “reivindica que la Secretaría de Educación Pública dio cabal cumplimiento al artículo 3° constitucional, por lo que no se invade ninguna atribución constitucional del gobierno estatal Es facultad exclusiva de la SEP elaborar, editar, enviar y entregar a las entidades federativas los libros de texto gratuitos”.
Acusa al gobierno del estado de falsear la fecha de recepción de los libros de texto afirmando que se les remitieron el 20 de julio pasado, cuando en realidad, la primera entrega se les hizo desde el 21 de mayo. Además, “el gobierno de Chihuahua engaña a la SCJN. Refiere lineamientos para selección, adquisición y distribución de libros de texto gratuitos, como si éstos se refirieron a todos los libros de texto, cuando sólo se refieren a los de nivel secundaria, situación que oculta para hacer caer en el error a los juzgadores”.
De acuerdo a la postura de la CJEF, la SEP cumplió con las disposiciones del artículo 23 de la Ley General de Educación, ya que celebró asambleas, foros y reuniones con todas las entidades federativas y otros actores sociales involucrados con la educación para que expresaran su opinión.
“También en esto miente el gobierno de Chihuahua. Hay pruebas irrefutables de su participación en la asamblea convocada por la SEP, en Ciudad Juárez, Chihuahua, los días 24 y 25 de marzo de 2022”.
Finalmente, considera que la actitud asumida por el gobierno de Chihuahua provoca la discriminación de los niños y adolescentes de esa entidad.
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