México

Impugnará la presidencia suspensión del Plan B

El gobierno federal impugnará la decisión del ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Javier Laynez Potisek, quien dio entrada a la controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional Electoral contra el plan B y suspendió su vigencia.

La presidencia de México emitió un comunicado en respuesta a la suspensión indefinida del Plan B de la Reforma Electoral aprobada por el ministro Javier Laynez Potisek el pasado viernes 24 de marzo, donde señaló que el artículo 105, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) prohíbe las controversias constitucionales en materia electoral, por lo que se informó que la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal impugnará la decisión de Laynez.

“El Ejecutivo federal, a través de su Consejería Jurídica, impugnará la decisión del ministro Laynez Potisek que admitió a trámite y suspendió la aplicación del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral”, declaró Presidencia.

En el comunicado también se señaló que el artículo 19, fracción II de la Ley Reglamentaria indica que no deben suspenderse los efectos de una norma general, en este caso, una Reforma constitucional.

El Gobierno de México comunicó su intención de informar al pueblo sobre los efectos de la decisión del ministro Laynez, asegurando que “no es común que, en viernes por la noche y sin notificar formalmente a las autoridades, la Corte anuncie públicamente una determinación tan relevante”, y que tampoco es normal que se admita este tipo de controversia no permitida por la CPEUM, además de señalar que es la primera vez en la historia del país que un juez de manera unilateral deja sin efecto una ley electoral aprobada legítimamente por el Poder Legislativo y ordenara revivir las disposiciones derogadas, decisión que únicamente puede ser determinado mediante una sentencia definitiva aprobada por al menos 8 ministros.

“Es decir, se trata de régimen de excepción que modifica los precedentes jurisprudenciales en la materia y anula por completo la presunción de validez constitucional que toda norma general posee, ya que la ley constituye la expresión de la voluntad popular a través de sus representantes electos democráticamente”, mencionó Presidencia en el comunicado.

Por otro lado, el comunicado aseveró que la Constitución solo faculta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer de las controversias donde se cuestione la regularidad constitucional de las normas generales, actos u omisiones, con excepción de las que se refieran en materia electoral, por lo que existe una restricción explicita para que no se discutan reglas electorales entre los órganos del Estado, así como no es función del árbitro electoral cuestionar las normas jurídicas que el Poder Legislativo expida.

Además, el Gobierno mexicano resaltó que el ministro Laynez suspendió la aplicación de la totalidad del decreto cuando el Instituto Nacional Electoral (INE) no lo solicitó así, pues no impugnó la totalidad de las normas modificadas, sino aquellas que considera que pueden afectar la operatividad del Instituto.

“El Estado de derecho jamás ha estado amenazado con la aprobación de las Reformas a las leyes electorales y, por el contrario, con su aprobación se garantiza el ejercicio eficiente de los recursos públicos para consolidar nuestro régimen democrático a un menor costo para los contribuyentes”, aseveró el Gobierno mexicano.

Por último, Presidencia solicitó de manera directa a la Suprema Corte revocar el acuerdo que admite a trámite la controversia sobre el Plan B, así como la medida suspensiva.

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