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“Ni se espía ni censura” con ley de telecomunicaciones: CSP

“Ni se espía ni censura” con ley de telecomunicaciones: CSP
“Ni se espía ni censura” con ley de telecomunicaciones: CSP

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo aseguró que el gobierno “ni espía, ni censura” con la nueva ley en materia de telecomunicaciones, cuyo dictamen fue aprobado por el Senado y que se envió a la Cámara de Diputados.

En la mañanera de este martes, en la que se presentó una serie de “aclaraciones” sobre las modificaciones a esa ley, que están en análisis en el periodo extraordinario del Congreso de la Unión, la mandataria subrayó: “no hay censura, ni espionaje, ni nada que se le parezca”.

El titular de la Agencia de Transformación Digital, José Antonio Peña Merino, presentó las “aclaraciones” en torno a esta nueva ley de telecomunicaciones.

Subrayó que “es falso” que esta normativa sea una ley de espionaje. Y explicó que uno de los artículos cuestionados —sobre todo por los grupos opositores— es el 183 del dictamen actual, referente a la obligación de los operadores para colaborar con autoridades de seguridad y procuración de justicia, la cual se debe dar en términos que establecen las leyes.

El funcionario destacó que este lineamiento “es exactamente igual” a la ley de telecomunicaciones y radiodifusión vigente, que fue aprobada en 2014 —en el sexenio del priísta Enrique Peña Nieto— por los legisladores de PRI y PAN, quienes hoy se oponen a la nueva norma.

Peña Merino dijo que el dictamen de la nueva ley “no plantea ninguna posibilidad de acceso al órgano regulador ni a la Agencia (de Transformacionales Digital)”, ni permite que el gobierno federal tenga acceso a ninguna información de los usuarios.

Agregó que el artículo 182 de la nueva ley corresponde al 189 de la que está por sustituirse y se refiere a que la colaboración de los operadores con las autoridades de seguridad y justicia se debe ceñir a un mandamiento por escrito, fundado y motivado de la autoridad competente en los términos que establecen las leyes.

En síntesis, con base en la Constitución y el Código Nacional de Procedimientos Penales, se requiere de la autorización de un juez para que se dé esa colaboración.

En el caso de los señalamientos opositores a la nueva norma en el sentido de que habrá cesura de aprobarse la ley, el funcionario rechazó tal hipótesis.

Indicó: “Lo que se esgrime tiene que ver con los derechos de las audiencias, que son un derecho humano previsto en el artículo sexto constitucional”.

Remarcó que el dictamen que se analiza en la Cámara de Diputados en materia de telecomunicaciones restituye los derechos de ley que se perdieron con la norma aprobada por PRI y PAN en 2014, “para que se apeguen a los derechos de las audiencias”.

Así, los contenidos en los medios y otras plataformas deben ser diversos, sin discriminación, con igualdad de genero, distinguir entre publicidad y contenido y todo lo que corresponde a programación infantil.

“No hay censura por parte de la autoridad, sino una queja por parte de las audiencias (…) se da a la audiencia mecanismos de expresión y queja ante cualquier contenido en medios que violen los derechos de las audiencias”.

Rechaza Peña Merino que Ley de Telecomunicaciones sea una ley censura o espía

El titular de la Agencia de Transformación Digital, José Antonio Peña Merino, aseguró que es “completamente falso” que la Ley de Telecomunicaciones permita la geolocalización sin orden judicial de los ciudadanos.

Pepe Merino detalló que la redacción no cambió respecto al artículo vigente, redactado por el por el PRI Y PAN en la reforma del 2014 y explicó que “esa redacción sólo obliga a operadores a colaborar en los términos de otras leyes”.

El titular de la Agencia señaló que otras leyes, como el Código Nacional de Procedimientos Penales, piden autorización judicial para geolocalizar a personas.

Peña Merino detalló que “no se estableció nada nuevo ni se vulnera el procedimiento establecido en las leyes en la materia sobre autorización judicial para geolocalización de dispositivos cuando autoridades lo soliciten a operadores”.

Por otro lado, Pepe Merino rechazó que la reforma se trate de una “Ley Censura” y que sea una amenaza a la libertad de expresión.

Merino explicó que lo que realmente contempla la reforma es la restitución de los derechos de las audiencias, eliminados en 2017, y previstos en el artículo 6º constitucional. Estos derechos incluyen recibir contenidos veraces, distinguir entre información y opinión, y contar con mecanismos institucionales para la defensa ante abusos o desequilibrios informativos.

También calificó como mentira la versión de que se podrán suspender transmisiones de forma arbitraria y señaló que la ley establece un apercibimiento previo a los medios antes de cualquier medida, con el objetivo de que se apeguen a los principios constitucionales que protegen a las audiencias.

“¿Cómo restituir derechos y fortalecer mecanismos institucionales puede ser censura?”, cuestionó Merino, y subrayó que la reforma no otorga al Estado facultades discrecionales para censurar, sino que refuerza los mecanismos de expresión de las audiencias ya consignados en la Constitución.

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