La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó, este 26 de marzo, la suspensión definitiva que permitía a Grupo Xcaret utilizar elementos de la cultura maya en su publicidad turística, al considerar que la protección de dicho patrimonio es más importante que los intereses comerciales de una empresa privada.
Por lo anterior, la organización tendrá que retirar este tipo de simbología mientras el litigio alcanza una resolución.
Pese a que la iniciativa de la ministra María Estela Ríos fue aprobada por 7 votos contra 2, la Ministra Yasmín Esquivel defendió mantener la suspensión a favor de Xcaret, argumentando que la empresa cumple los requisitos legales, además de contar con la autorización del Gran Consejo Maya de Quintana Roo para el uso de los elementos culturales.
Asimismo, precisó que retirar el contenido afectaría inmediatamente a la empresa y pondría en riesgo la materia de juicio, mientras que no mantenerlo no genera un daño concreto a la colectividad.
No obstante, el Máximo Tribunal señaló que, de acuerdo con la reforma al artículo 2° de la Constitución en 2024 y la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos, el patrimonio cultural material e inmaterial pertenece colectivamente a los pueblos y comunidades originarias, por lo que su protección es un asunto de orden público e interés social.
En este sentido, el Pleno reiteró que el Estado tiene la obligación de garantizar el resguardo de dicho patrimonio frente a cualquier uso indebido o no autorizado, por lo que concluyó rechazando que la afectación alegada por la empresa era de carácter meramente económico, lo cual, según el órgano, no puede prevalecer sobre el interés colectivo de proteger la identidad cultural del Pueblo Maya.
“Con esta determinación, se reafirma que la defensa del patrimonio cultural de los pueblos indígenas no puede ser debilitada mediante sentencias que desconozcan su carácter colectivo y su especial relevancia para la identidad de esas comunidades”, recalcó la SCJN.