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Revisarán la prisión preventiva en contra de Rosario Robles

Revisarán la prisión preventiva en contra de Rosario Robles
Revisarán la prisión preventiva en contra de Rosario Robles

El Juez Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México, ordenó dejar sin efecto la sentencia del juez de control con sede en el Reclusorio Sur, Ganther Alejandro Villar Ceballos, quien en octubre pasado confirmó la prisión preventiva justificada en contra de Rosario Robles e instruyó realizar una nueva audiencia en tres días para definir la revisión de medida cautelar.

El juez Augusto Octavio Mejía Ojeda advirtió que en caso de no modificar o dictar una nueva resolución, el caso se turnará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con la advertencia de la separación del cargo.

El juez de control tendrá que revisar de nuevo la medida cautelar de prisión preventiva justificada que se le impuso a la ex secretaria de Estado el 13 de agosto de 2019.

Tras determinar que el juez Ganther Alejandro Villar Ceballos incumplió con lo ordenado por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito de “amparar y proteger” a la ex secretaria de Desarrollo Social, Rosario Robles, Mejía Ojeda invalidó la negativa de la prisión domiciliaria a la ex secretaria de Estado.

En su resolución resolvió que el juez de control, “omitió aclarar la contradicción” observada por el colegiado en el sentido de que el lugar de residencia de Rosario Robles, así como el motivo de su viaje al extranjero y su situación económica no son argumentos válidos para mantener la medida cautelar impuesta.

“En este sentido, al no haber emitido su resolución de manera fundada y motivada, como se ordenó en el falló protector; en consecuencia, debe decirse que la ejecutoria de amparo no se encuentra cumplida”.

Una de las múltiples corruptelas que implica a Rosario Robles

Por tanto, con fundamento en los artículos 192 al 197 de la Ley de Amparo, el Juez Mejía Ojeda requirió al Juez de Control para que “en el término de tres días siguientes a la notificación de su determinación (misma que ocurrió el pasado 27 de diciembre), “dejes insubsistentes” las audiencias del pasado 30 de abril del 2020 y la del pasado 20 de octubre en las cuales resolvió mantener la prisión preventiva justificada.

El juzgador apercibió a Villar Ceballos que de contravenir lo anterior implica sanciones administrativas y/o económicas, amén de que “se considerará incumplimiento el retraso por medio de evasivas o procedimientos legales o de cualquier otra que intervenga en el trámite relativo”. Además, determinó que “si la ejecutoria no quedó cumplida en el plazo fijado, se remitirán los autos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación con proyecto de separación del cargo”.

Robles se encuentra presa en Santa Martha Acatitla. Está acusada de ejercicio indebido del servicio público y causar un daño al erario federal estimado en 5 mil 500 millones de pesos al frente de Sedesol y Sedatu entre 2012 y 2018, cuando mediante la intervención de universidades públicas de diversas entidades y a través de empresas fachada se realizó la contratación de bienes que no se entregaron y obras que no se llevaron a cabo.

Así, Augusto Octavio Mejía Ojeda, Juez Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal, ordenó dejar sin efecto las sentencias mediante las cuales el Juez de Control ha confirmado la prisión preventiva justificada a Rosario Robles Berlanga e instruyó realizar una nueva audiencia de revisión de medida cautelar.

Mejía Ojeda determinó que la ejecutoria de amparo que concedió a Rosario Robles no se encuentra debidamente cumplida por lo que ordena una nueva audiencia en donde se podría modificar la medida cautelar que desde hace dos años y cuatro meses la tiene recluida en el penal de Santa Martha Acatitla, por lo que, deberá llevarse a cabo después de haberse notificado el citado fallo, es decir, esta misma semana.

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