‘Sexting’ será penalizado hasta con 15 años de prisión.- La 60 Legislatura del Estado de México tipificó como delito la publicación o difusión de imágenes, audios, textos, grabaciones de voz o audiovisuales de naturaleza sexual sin el consentimiento de la otra persona.
Sexting es un término utilizado para designar un delito cada vez más común consistente en la realización de un chantaje bajo la amenaza de publicar o enviar imágenes en las que la víctima muestra en actitud erótica, pornográfica o manteniendo relaciones sexuales.
Y es que las reformas avaladas en sesión durante el Tercer Periodo Ordinario, establecen que cuando se revele este tipo de contenido sin el consentimiento de la víctima, se impondrán de uno hasta cinco años de prisión con una multa de 200 a 500 unidades de medida y actualización.
Asimismo señalaron que las sanciones aumentarán si quien difunda el material fue cónyuge, concubina o concubinario, y si hubo de por medio alguna relación sentimental, afectiva, de confianza, laboral o análoga con la víctima, o haya cometido la conducta con fines lucrativos o haciendo uso de su calidad de servidor público.
Por otro lado, el dictamen también establece que a quien hostigue o exija a otra persona la elaboración o envío de contenido sexual bajo la amenaza de revelar, publicar, difundir o exhibir sin su consentimiento material de la misma naturaleza que previamente la víctima le haya compartido o que haya obtenido por cualquier otro medio, se le impondrán de tres a siete años de prisión y multa de 200 a 400 UMA.
Finalmente la sanción de 15 años se impondrá cuando la víctima sea menor de edad o no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho.
Fue la diputada de MORENA, Karina Labastida, quien propuso este iniciativa, la cual fue aprobada por unanimidad.
Fuente: EL DEBATE
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