El Expresidente municipal de Solidaridad, Mauricio Góngora Escalante, ganó un tercer amparo federal, en dónde se pueden librar los procesos penales abiertos en su contra por el delito de peculado por un monto de cinco millones 292 mil 375.93 pesos.
Por lo que el director jurídico del Ayuntamiento de Solidaridad, René Medrano Ríos, confirmó que Mauricio Góngora ganó un amparo en el caso de peculado, sin que este implique en la situación de que salga de la cárcel, ya que se le otorgó para que el juez estudie de nueva cuenta el expediente del ex edil y confirme si se continúa vinculado a proceso o sale en libertad.
El juzgado Séptimo de Distrito resolvió la petición 347/2018 con asunto de contra vinculación a proceso dictada en la carpeta administrativa 229/2017, por el delito de peculado por el monto de cinco millones 292 mil 375.93 pesos, dejándolo sin efectos en febrero de 2018 en donde se dictó una nueva resolución, que es el amparo que se le otorga a Mauricio Góngora para analizar el caso con base a la legislación vigente en 2016 cuando presuntamente se cometió el delito, ya que se incurrió en un error de fondo al tomar el Código Penal vigente en 2017.
Es decir, el juez federal considera que no se cumplen los requisitos mínimos del Código Nacional de Procedimientos Penales y por eso se le otorga el amparo, aclarando que esto no indica que el expresidente pueda salir de la cárcel.
El Ayuntamiento aclaró que ha colaborado con la Fiscalía Anticorrupción brindando toda la información que está a su disposición y es que al Ayuntamiento le interesa recuperar el monto del daño patrimonial.
Recordemos que Mauricio Góngora Escalante, en su momento contó con tres carpetas administrativas en su contra, en donde la primera fue por el caso VIP Saesa, con número 151/2017 en la que recientemente se declaró la prescripción de la responsabilidad penal.
La segunda carpeta con número 227/2017 fue por el delito de peculado, el cual ganó en octubre pasado el amparo 405/2018 otorgado por el Juez Cuarto Distrito, al considerar violaciones a las garantías del quejoso.
Y este último en donde se mantendrá un recurso de revisión contra la resolución del amparo.
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