Por Abraham Cohuó
Chetumal, Q. Roo.-Un juez de control determinó improcedente la solicitud de sobreseimiento pedida por el imputado Gabriel “N”, a través de su defensa con relación a la carpeta administrativa 151/2017 por el delito de “Desempeño Irregular de la Función Pública” quebrantamiento por el cual se encuentra en un proceso penal.
La defensa solicitó el sobreseimiento basado en el artículo 327 fracciones III, IV y VI del Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual refiere que: el sobreseimiento procederá cuando: III. Apareciere claramente establecida la inocencia del imputado; IV. El imputado esté exento de responsabilidad penal; VI. Se hubiere extinguido la acción penal por alguno de los motivos establecidos en la ley; pero el trabajo de los fiscales de anticorrupción demostró a través de argumentos y pruebas la existencia de los cargos que se le imputan.
Después del debate ante el juez, este declaró la improcedencia debido a los argumentos contundentes hechos por los fiscales de anticorrupción, por lo que el proceso penal al cual está sujeto el imputado Gabriel “N” continúa vigente.
¿Qué es el sobreseimiento?
Suspensión por parte de un juez o de un tribunal de un procedimiento judicial, por falta de pruebas o por otra causa.
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