Después de casi seis años de pleito legal entre los grupos hoteleros RIU y Brisas, la firma española denuncia públicamente que su hotel Riviera Cancún en Nizuc ha sido objeto de ataques por intereses económicos mal intencionados por parte de Promotora Punta Nizuc, de Antonio Cosío, para evitar la competencia a su hotel Punta Nizuc & Spa, para lo cual se han valido de la ayuda de expolíticos y gobernantes de administraciones anteriores de Cancún, aunque no menciona nombres.
Tras asegurar que su proyecto cuenta con todas las autorizaciones federales y locales y es ambientalmente sustentable, como lo han determinado las autoridades y tribunales informan que de los 17 amparos interpuestos, cuatro juicios de nulidad en el fuero local, un juicio de nulidad en el fuero federal, han ganado hasta ahora en 15 juicios de amparo, cuatro juicios de nulidad en el fuero común y un juicio de nulidad en el fuero federal.
Además dan a conocer que han respondido con cuatro denuncias penales por presunta corrupción de menores ante la Fiscalía de Quintana Roo, y por falsedad de declaración judicial ante la autoridad que conoce de estos amparos, luego de que Promotora Punta Nizuc presentara diversos juicios de amparo “por menores de edad” a través de terceras personas, tras lo cual lograron su cometido de volver a frenar la construcción del hotel Riviera Cancún.
De igual manera, sostienen que su proyecto es ambientalmente sustentable, ya que en el área no hay ni mangle ni dunas costeras ni está en ninguna Área Natural Protegida, como sostienen que consta en la evaluación del impacto ambiental.
Concluyen afirmando, basados en estudios elaborados por peritos en materia de hidrología y geomorfología de la Semarnat, que en la zona existe suficiente agua, y que ésta no será contaminada por dicho proyecto y que el flujo hidrológico que alimenta al manglar colindante con el proyecto no será afectado por el mismo.
Afirman que el juez séptimo distrito, con sede en Cancún, en el juicio de amparo con expediente número 1768/2015-III, condenó al quejoso y a la empresa Promotora Punta Punta Nizuc como deudora solidaria, al pago de daños y perjuicios por un monto de 17 millones de pesos (redondeado) que le ocasionó a Grupo RIU por haber suspendido en otra ocasión la obra temporalmente con base en falsedades.
Mientras que en el juicio de nulidad con expediente número 1462/16- EAR-01-10, la Sala Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, impuso a la empresa Promotora Punta Nizuc una garantía por un monto de 804 (redondeado) millones de pesos, al pago de daños y perjuicios a RIU por la suspensión del proyecto, en el caso de que sea infundada su demanda.
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