Dos sujetos fueron sentenciados a 37 años de prisión por el delito de homicidio calificado en agravio de un servidor público luego de que un Juez de Juicio en Cancún estableció la pena condenatoria en una audiencia de juicio oral.
Durante el desarrollo del juicio celebrado en este municipio, la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo (FGEQROO) logró que el juez dictó una sentencia condenatoria contra Israel Antonio Llarenas Villa y Raúl José Abreus Figueredo.
De acuerdo con los antecedentes expuestos en audiencia, los hechos se remontan a enero de 2022, cuando la víctima fue contactada a través de un mensaje proveniente de un número telefónico desconocido.
En dicho mensaje se le informó que su motocicleta, la cual había sido robada con anterioridad, se encontraba en un domicilio ubicado en la Supermanzana 107 del fraccionamiento Paraíso Maya, en la ciudad de Cancún.
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Con la intención de recuperar su vehículo, el servidor público acudió al lugar señalado y confirmó que la motocicleta efectivamente se encontraba en ese sitio.
Sin embargo, la situación derivó en un ataque directo cuando los ahora sentenciados arribaron al domicilio a bordo de un automóvil. Una vez en el lugar, ambos sometieron a la víctima, quien no tuvo oportunidad de defenderse.
Durante la agresión, Raúl José Abreus Figueredo accionó un arma de fuego en contra del servidor público. El arma utilizada fue identificada como de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, lo que agravó la responsabilidad penal de los involucrados. El ataque tuvo como resultado la muerte de la víctima en el mismo sitio de los hechos.
Tras el análisis de los elementos probatorios presentados por el Ministerio Público, el juzgador determinó que existían pruebas suficientes para acreditar la plena responsabilidad de Israel Antonio Llarenas Villa y Raúl José Abreus Figueredo en el delito que se les imputó.
Como parte de la sentencia, además de la pena privativa de la libertad, el juez ordenó a los condenados el pago de 874 mil 722.32 pesos por concepto de reparación del daño material, en favor de los deudos del servidor público.
Con Información de FGEQROO

