En Querétaro, una mujer de 27 años sufrió la amputación de sus dos piernas, la extirpación del útero y un ovario, por diagnóstico, tratamiento y seguimiento médico inadecuados de un Dispositivo Intra Uterino (DIU) en instalaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Por ello, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió la Recomendación 118/2022 al director general del IMSS, Zoé Robledo.
Se cuenta que en septiembre de 2018 la mujer acudió en al menos tres ocasiones a la Unidad de Medicina Familiar número 9 (UMF-9) debido a un dolor abdominal, diagnosticándosele en ese momento infección en vías urinarias y colitis, por lo que se estableció tratamiento sin solicitar estudios de laboratorios.
Posteriormente, acudió al área de Gineco Obstetricia del Hospital General Regional número 1 (HGR-1), para que le retiraran el DIU que se encontraba traslocado y que fue extraído con pinzas, sin realizar previamente un ultrasonido o estudios de rayos X.
A los tres días, la víctima se presentó a la UMF-9 con dolor lumbar, en donde se anotó como antecedente el retiro del DIU, y sin llevar a cabo algún análisis, se le diagnosticó lumbalgia aguda.
La situación de la víctima empeoró e ingresó por grave pérdida de sangre, gastroenteritis infecciosa y deshidratación, severa al Hospital General Regional número 1.
Sufrió un paro cardiaco y fue necesario dar reanimación por 30 minutos, proporcionarle respiración mecánica, ser intubada y una trasfusión sanguínea.
De acuerdo con la investigación de la CNDH, el DIU fue retirado con un procedimiento erróneo, lo que habría desencadenado una infección generalizada y, en consecuencia, la amputación de ambas piernas y la extirpación del útero y un ovario.
Por todo ello, el organismo determinó que lo ocurrido en el IMSS de Querétaro dañó la integridad personal, la salud sexual, reproductiva y el proyecto de vida de la mujer.
Si bien la amputación de extremidades se llevó a cabo para salvar la vida de la víctima ante el avance de la infección, el procedimiento aplicado fue resultado de una inadecuada atención médica, un diagnóstico deficiente e incompleto y de un erróneo seguimiento de control.
Asimismo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos solicitó al IMSS que proceda a la inmediata reparación del daño, incluyendo, entre otras cosas, al pago de una compensación económica suficiente.
Además, el IMSS deberá otorgar a la víctima -de forma vitalicia-, la atención médica que requiera como consecuencia de la discapacidad permanente y las secuelas que ésta le genere.
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Esta entrada fue modificada por última vez en jueves, 7 de julio, 2022
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