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Aprueba Corte que funcionarios del INE ganen más que el Presidente

Aprueba Corte que funcionarios del INE ganen más que el Presidente
Aprueba Corte que funcionarios del INE ganen más que el Presidente

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió una suspensión al Instituto Nacional Electoral (INE) que permitirá a sus altos funcionarios seguir ganando en 2022 salarios superiores a los del presidente de la república.

En votación dividida de tres contra dos, los ministros de la Primera Sala avalaron el recurso de reclamación presentado por el INE, en contra de la decisión tomada en julio pasado por el ministro Fernando Franco González Salas, quien al admitir a trámite la controversia constitucional 80/2021, negó la suspensión, bajo el precepto de que esta medida cautelar no puede otorgarse respecto a normas generales.

El INE combate en su controversia la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos (LFRSP) publicada en mayo pasado, y específicamente su artículo quinto transitorio donde se establece “Para la determinación de la Remuneración Anual Máxima aplicable para el ejercicio fiscal de 2022 conforme a lo previsto en el artículo 12, inciso b), de esta Ley, se tomará como base la aprobada para el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021”.

Desde que se emitió la primera LFRSP, en noviembre de 2018, el INE y otros organismos autónomos, como el Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Comisión Federal de Competencia Económica, han recurrido cada año a la SCJN para evitar que esta ley sea aplicada a los salarios de sus consejeros y altos funcionarios, argumentando que ello violaría su autonomía.

Gracias a esta estrategia, el INE ha obtenido suspensiones, como la otorgada este miércoles, que le han permitido evadir año con año la LFRSP.

En esta misma sesión, la Primera Sala también sobreseyó la controversia que el INE había promovido contra el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2020, que fue elaborado conforme las directrices de la LFRSP.

La SCJN sobreseyó el caso debido a que dicho ejercicio fiscal ya concluyó, dejando el juicio sin materia.

En este caso, el INE también obtuvo una suspensión, que le permitió evadir la aplicación de la LFRSP durante todo el 2020.

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