A muchos se les han olvidado ya las reglas que dictaminan la prohibición en México de fumar cigarros, tabaco o cualquier producto con nicotina en la mayoría de espacios públicos de concurrencia colectiva, leyes que aprobaron las autoridades en el 2021 y que hoy entran plenamente en vigor.
En 2021, la Secretaría de Salud (Sesa) impulsó una reforma a la Ley de Control de Tabaco, cambios propuestos que fueron aprobados por el Senado y la Cámara de Diputados con el objeto de garantizar que los espacios públicos sean cien por ciento libres de humo.
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Este viernes 18 de febrero entró en vigor este nuevo paquete de reglas, con el cual ahora desde los edificios públicos hasta los parques o los espacios de concurrencia colectiva donde se realicen actividades culturales o deportivas, serán zona vetadas para el tabaco.
Es decir, ya no solamente estará prohibido fumar o consumir nicotina en espacios confinados, sino incluso en espacios públicos o privados al área libre, incluidos los centros laborales tanto de gobierno como particulares incluyendo los anexos y vehículos de las empresas.
La Sesa cataloga un espacio cien por ciento libre de humo de tabaco “y emisiones”, como un área física pública como el transporte colectivo, los espacios de concurrencia colectiva y todo lugar de trabajo donde está prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto hecho a base de tabaco o nicotina.
Según lo publicado el 17 de febrero en el DOF (Diario Oficial de la Federación), las leyes prohiben ahora fumar en cualquier espacio de concurrencia colectiva, que es todo aquel donde se realizan actividades deportivas, artísticas, culturales y de entretenimiento —sin importar si se trata de algo público o privado o si el sitio está techado.
En cuanto hace al transporte público, se refiere a todo aquel vehículo individual o colectivo que circule por tierra, aire o agua y su fin sea el transporte comercial, laboral, escolar y todo lo que sea remunerado.
La única concesión a los fumadores que las nuevas leyes hacen, es dar oportunidad a los responsables o propietarios de los negocios pongan las áreas exclusivas para fumar en espacios al aire libre (en un plazo no mayor a 60 días).
También para que en los sitios con acceso público y sin restricciones se construyan áreas exclusivas para echarse un cigarro (con sus letreros e indicaciones bien claras).
Pero estas limitaciones no se limitan a los lugares de consumo, pues la publicidad, promoción y patrocinio de los cigarros o los productos con nicotina también estará vetada a los anunciantes, es decir, a los medios de comunicación.
Endurecen en México leyes sobre consumo de cigarros
Con Información de Sopitas.com