La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que los servidores públicos no pueden bloquear a los ciudadanos en las redes sociales.
La SCJN indicó que cualquier servidor público que tenga cuentas en redes sociales en las cuales se dedique a difundir sus actividades oficiales, no puede bloquear a personas que critiquen su trabajo.
En la sesión de la Segunda Sala de la Corte los ministros avalaron el proyecto presentado por Eduardo Medina Mora en el que se establece que cuando un servidor público con cuentas en redes sociales bloquea a otros usuarios alegando el “derecho a la intimidad” atenta con los derechos de libertad de expresión y acceso a la información de los ciudadanos.
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Un funcionario público no puede bloquear a personas que critiquen su trabajo
Luego de avalar el proyecto, la Sala votó por confirmar el amparo a un periodista veracruzano que fue bloqueado en Twitter por el fiscal General de Veracruz, Jorge Winckler.
Con el proyecto avalado se establece que el derecho a la información prevalecerá sobre el derecho a la intimidad el cual estaba alegando el fiscal General de Veracruz.
Sin embargo, la Sala afirmó que cuando un servidor público bloquea a alguien le está restringiendo indebidamente el derecho a la información.
El ministro indicó que Jorge Winckler utiliza su cuenta de Twitter para difundir información sobre sus actividades como servidor público por lo que sus publicaciones son de interés general.
Sin embargo, destacó que existen comportamientos que justifican el bloqueo a una persona el cual podría ser una amenaza a la integridad del dueño de la cuenta.
(Con información del UNIVERSAL)